Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de nulidad interpuesto por la por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO SUCRE en contra del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 97-2014, de fecha treinta y uno (31) de Marzo de 2014, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO del estado Sucre, a través de la cual RATIFICA LA ORDEN DE RESTITUCION DE LA SITUACION JURIDICA INFRINGIDA, con el pago de los salarios y beneficios laborales dejados de percibir por el ciudadano JORGE LUIS BOADA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.283.356.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 y 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el lapso para recurrir de la presente decisión será de.....