Este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 1° en concordancia con el artículo 80, ambos, del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del SUPERMERCADO "ROYAL AUTO MARKET", a los ciudadanos ASDRUBAL JOSE TINEO HERRERA, Venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.169.205, residenciado en Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, sector las delicias calle Ricaurte casa N° 4, teléfono 0281-2693236; SIMON RAFAEL HERRERA GONZALEZ, Venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 19.184.982, residenciado en Sector Valle Verde, calle Fermín Toro, casa N° 35 Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, teléfono 0281-2693715; KIDERMAN.....