Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley estima procedente en Derecho apartarse del criterio fiscal en relación a la imposición de medidas cautelares al ciudadano JUAN JOSÉ SURGA GONZÁLEZ, de 23 años de edad, nacido el 31/12/1981, cédula de identidad 14886545, de ocupación marino, hijo de José Ángel Surga y Sonia González, domiciliado en la Llanada, sector 4, calle 7 casa 21, Cumaná Estado Sucre de conformidad con el artículo 39 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia; en relación con el petitorio de la defensa de SOBRESEIMEINTO de la causa, este Tribunal lo NIEGA por encontrarse esta causa en fase preparatoria no habiendo arribado el Ministerio Público, titular de la acción penal emitido el correspondiente acto conclusivo. Se insta a los ciudadanos JUAN JOSÉ SURGA GONZÁLEZ y ROSAURA JOSÉ HERÁNDEZ GIL, a acudir por ante los integrantes del Sistema de Protección del Niño y del Adoles.....