En consecuencia sobre las argumentaciones antes señaladas supra; y por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena: al ciudadano: Jairo Del Valle Bastardo Guerra, venezolano, de 26 años de edad, natural de Guiria, nacido el 19-11-1984, soltero, de profesión albañil, titular de cédula de identidad Nº 20.202.229, hijo de María Francisca Guerra y José Mercedes Bastardo, y residenciado en San Félix, Vista Al Sol, Ruta Dos, Casa S/N, en la Invasión El Moscú, en un Rancho, San Félix, Estado Bolívar, a cumplir la Pena de Doce (12) años y Seis (06) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal; y Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 d.....