Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado por el Abogado Fredy Alberto Alemán Molina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 66.169, Apoderado Judicial del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre (IAPES), de la manera siguiente: 1); Con respecto a la Prueba de Exhibición, se admitió en cuanto ha lugar en derecho se refiere; 2) Con respecto a la prueba de informe, se admitió y se ordenó oficiar la Alcaldía del Municipio Sucre estado Sucre, Dirección de Transito Terrestre de la Ciudad de Cumana, Dirección del Instituto Nacional de Previsión, Salud y Seguridad del Estado Anzoategui, Departamento de Emergencia Medica del Hospital Antonio Patricio de Alcalá y al Departamento de Historias Medicas del Hospital Antonio Patricio de Alcalá. 3) En relación a la documental promovida en el Capitulo III, del escrito in comento, se admitió.