Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado RAFAEL ANTONIO FARIAS HERNANDEZ, venezolano, natural de esta Ciudad, de 28 años de edad, nacida en fecha 10-11-1983, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 17.781.831, Caletero, Hijo de Alicia Hernández y Pascual Farias y residenciado en: La Primera entrada del sector Puchuruco, primera entrada, casa S/N, cerca del abasto del señor Pedro, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con Numero telefónico 0426-1853765, por la presunta comisión del delito de ACTO LASCIVO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 217 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Nina y del Adolescente, en perjuicio de la adolescente OMISSIS, consistente en la presentación cada Quince.....