Por lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA la penado ALEXIS ANTONIO SALAZAR, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, nacido en fecha 30-08-1964, de 42 años de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N° 9.455.945 y residenciado Cangrejal, casa sin numero calle el Poblado Casanay Estado Sucre; por el resto de la pena que le falta por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS que serán cumplidos en fecha 28-06-2012, quién a cumplido SEIS (06) MESES Y TRECE (13) DÍAS de pena por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal. El presente fallo tiene como fundamento los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 479, 493 y 494 del Código.....