PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana BENILDE COROMOTO CÓRDOBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.864.227 en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO SUCRE
SEGUNDO: Se condena a la demandada, GOBERNACION DEL ESTADO SUCRE
pagar la cantidad que arroje la experticia complementaria del fallo que se acuerda, por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo, la cual será realizada por un único Experto que nombrará el Tribunal, quien deberá establecer los montos por los conceptos supra señalados. Tomando como salario base el establecido en la motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo por un único experto designado por el Tribunal de Ejecución que corresponda, y cuyos honorarios pagara la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Fideicomiso o intereses sobre la antigüedad,.....