éste TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01, EXTENSION CARUPANO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido al ciudadano ROMEL AMIN YAHYA DAKDUD, titular de la cédula de identidad; V-5.864.799, de nacionalidad Venezolana, de 57 años de edad, nacido en fecha 28-10-1956, de estado civil viudo, residenciado en la urbanización la viña, calle 05, casa Nº 50-A, Carúpano, estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de COAUTOR DEL DELITO DE SICARIATO Y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previstos en los artículos 44 y 37 ambos de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, con relación al artículo 27 ejusdem, con la aplicación de la norma concursal prevista en el articulo 88 del Código Pena.....