Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de juicio Penal Adolescente de este Circuito Judicial, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara PRIMERO: decreta la prescripción penal y en consecuencia el sobreseimiento a favor de los ciudadanos XXXXXX, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad XXXXXX, de 15 años de edad, nacido en fecha 04-02-1993, de profesión u oficio frutero, residenciado en XXXXXX, hijo de XXXXX y de XXXXXX, y XXXXXX, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad XXXXXXX, de 17 años de edad, nacido en fecha 17-09-91, de profesión u oficio estudiante, residenciado en XXXXXXX, hijo de XXXXXXXX y de XXXXXX, teléfono: XXXXXX; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÌSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia (Ley vigente para el momento de ocurrir los hechos), en perjuicio de la ciudada.....