Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano HÉCTOR RAFAEL COVA, venezolano, titular de cédula de identidad No. 3.421.762, de oficio Chofer, hijo de Pedro Montilla y Martha Cova, residenciado en Guayacán de las Flores, sector Los Cocos, casa S/N, cerca del Taller de Latonería del Negro, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más la accesoria de Ley, por la comisión del delito de los delitos de ACTOS LASCIVOS y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de OMISIS; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley Orgánica sobre .....