este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 del 02-04-2009, Mientras no haya oposición en contrario y dejando a Salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, Declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante ciudadano LUIS MALDONIO ROJAS MARTINEZ, supra identificado, sus derecho que tienen y les corresponden sobre las BIENHECHURIAS, enclavadas en un lote de TERRENO MUNICIPAL consistente de una CASA de Habitación, la cual se encuentra ubicada en: La Población de Santa Teresa de Guarapiche, Jurisdicción de la Parroquia Mariño del Municipio Andrés Eloy B.....