Por todos los razonamientos anteriormente expuestos y procediendo este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos: Alexander Jesús Marcano y Nelys Nohemi Rojas García, venezolanos, mayores de edad, con domicilio procesal en la Calle Perú, Casa S/N, de la Población de Casanay; Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-24.689.135 y V-25.097.550, respectivamente, de conformidad con el artículo 189 del Código Civil y por encontrarse llenos los extremos legales del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Munici.....