Recibido el presente expediente emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de éste Circuito Judicial, se le da entrada para su curso legal correspondiente y en acatamiento a la sentencia dictada en fecha 27 de Julio de 2009 por el Juzgado de Alzada, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, en aras de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, establecido en el artículo 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil REPONE la presente causa al estado de que la parte demandada dé Contestación a la demanda dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la última notificación que de las partes se haga. En consecuencia, se orde.....