Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano OMAR JOSÉ BASTARDO FARIAS, venezolano, de 24 años de edad, nacido en fecha 17-10-83, titular de la Cédula de Identidad N° 18.414.999 de profesión u oficio mecánico, de estado civil soltero, hijo de Omaira Farias y Víctor Bastardo y residenciado en la Comunidad de San Miguel sin Número, (un ranchito) cerca de la escuela Pablo Maria Municipio Benítez del Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; imponiéndole como condiciones durante el plazo de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: abstenerse de consumir.....