Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA que por DIVORCIO 185-A hubiere instaurado la ciudadana FLOR DEL VALLE RIVERO MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.703.256, debidamente asistida de la profesional del derecho Abogada EVELYS BOMPART, inscrita en el IPSA bajo el Nº 84.933, contra el ciudadano ELEAZAR JOSE DURAN MUDARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.694.328.