En mérito de todas las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano PEDRO ALEXANDER SANDOVAL FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.619.510, de profesión Abogado, inscrito en el IPSA bajo el Nº 63.084, actuando en su propio nombre y representación, contra los ciudadanos RICHARD MIGUEL CARREÑO PEREDA y LUIGUI JÓSE SANCHEZ RONDON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.124.230 y V-5.087.036, respectivamente. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de DAÑOS MATERIALES incoada por el ciudadano PEDRO ALEXANDER SANDOVAL FIGUEROA contra los ciudadanos RICHARD MIGUEL CARRE.....