éste Juzgado Primero de Juicio, resuelve: se declara improcedente el recurso de revocación interpuesto por la Abog. MILANGELIS ORTEGA y acuerda mantener el día 28 de Octubre de 2015, a las 8:30 de la mañana, la celebración del Juicio Oral y Público en la presente causa, según la disponibilidad en la Agenda Única de Actos.