Vista la diligencia de fecha 07/10/2013, suscrita por el Abogado JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.142 y de este domicilio, en su carácter acreditado en autos de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual expone: "De conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil se procede en este acto a DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO en la presente causa, igualmente solicito al Tribunal HOMOLOGUE el presente desistimiento y se ordene el archivo de este expediente"; Y vista igualmente la diligencia de fecha 08/10/2013, suscrita por el antes mencionado Abogado, por medio de la cual pide al Tribunal le sean devueltos los documentos que corren insertos a los folios 05 al 14, ambos inclusive, previa certificación en autos; y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma. Este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263.....