Este Tribunal Unipersonal de Juicio Sección Adolescentes, procede a pronunciar la parte dispositiva del fallo, lo cual hace en los siguientes términos: una vez realizado un minucioso análisis de las pruebas que fueron debatidas en el presente juicio oral y reservado, con estricta observancia del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, fue tomada la decisión siguiente: este Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: Se declara ABSUELTO al ciudadano XXXXXX, venezolano, natural de esta ciudad, de 17 años de edad, soltero, de oficio indefinido, fecha de nacimiento 18/05/1995, titular de la cédula de identidad XXXXXX, hijo de los ciudadanos XXXXXXX y XXXXXX, residenciado en XXXXXXXXX; por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en los artículo 4.....