Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Con Lugar La ratificación de la Medida de Libertad asistida y reglas de conducta impuesta al sancionado "OMISSIS"; por la comisión del delito de Hurto De Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el artículo. 1y 2 numerales 4, 7 y 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor, en perjuicio de el Ciudadano Jesús Enrique Jimeno Pérez, por el lapso de seis (06) meses y dos (02) días. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
Abg. Marisandra Cañizares G. La Secretaria
Abg. Cledis González