este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano: HÉCTOR RAFAEL RODRÍGUEZ SERRANO venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.319.383, de 18 años de edad, nacido en fecha: 07/12/01996, de estado civil soltero, estudiante, hijo de María Serrano y Héctor Rodríguez, residenciado en la Urbanización Cristóbal Colón, Calle 4, Casa Nº 28, Cumaná, Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de: ROBO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: JESSICA Y HENRY (datos a reserva del Ministerio Público) a cumplir la pena de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de Ley de conformidad con el articulo 16 del Código Pe.....