acuerda DECRETAR MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del xxxxxx, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto en el artículo 42 de la ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana xxxxxxx; de conformidad con el artículo 582, literales "C" y "F" de la LOPNNA, consistentes en presentación cada 08 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito judicial penal y No comunicarse con la víctima. Se otorga la libertad del imputado de autos desde esta misma sala de audiencias, dejándose constancia que el mismo se retira en buenas condiciones físicas. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezu.....