Seguidamente La Juez Presidente acuerda suspender el Juicio Oral y Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 Ordinal 2º, en concordancia con el 336 de Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no asistieron al acto, los expertos, funcionarios y demás testigos de la causa, quedando emplazadas las partes y los escabinos para el día, Martes 14 de Septiembre del dos mil cuatro, a las 10:00 a.m., a los fines de su continuación y solicitándose la colaboración al Defensor y al Fiscal del Ministerio Público para lograr la comparecencia de las pruebas personales faltantes.