En consecuencia este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, LIBERTADOR, BENITEZ, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLES A LOS CIUDADANOS: CASTO JOSE ZABALA HIGUEREY, OMAIRA TERESA ZABALA HIGUEREY Y JOSE DEL VALLE ZABALA HIGUEREY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.953.202, V-4.299.018 y V-3.946.922, respectivamente, sus derechos COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana, JUANA DE LOURDES ZABALA HIGUEREY quien en vida fuera venezolana, titular de la.....