En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los niños anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la MODIFICACION DE CUSTODIA, presentado por el ciudadano DERWIN DOUBRIL DAVILA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 10.717.231, domiciliado en el sector Las charas, la provincia, casa s/n, Cumana, Estado Sucre en contra de la ciudadana YULIMAR DEL CARMEN CENMTENO HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad n°: 11.379.746