Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recuso de Nulidad de la providencia administrativa interpuesta por el ciudadano VICTOR GERARDO ALPIZAR ROA dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Sucre con Sede en Carúpano, que declaró CON LUGAR la solicitud de Traslado.
SEGUNDO: Se declara NULA la providencia administrativa Nº 072-2015 de fecha 20/04/2015, inserto al expediente administrativo Nº 014-2014-01-00463, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Sucre con Sede en Carúpano, que declaró CON LUGAR la solicitud de Traslado solicitada por la Empresa Socialista de Producción Socialista Cacao Oderi C.A.
TERCERO: No se condena en costas dados los privilegios y prerrogativas procesales de la República, por tratarse de un ente.....