En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos y por lo señalado en las normas transcritas es por lo que éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por el territorio para conocer del presente procedimiento de NULIDAD DE DOCUMENTO POR SIMULACIÓN, y en consecuencia, Declina la competencia para ante el Tribunal Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Mata del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.-Así se decide.-