Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Carúpano, 10 de Agosto de 2015.-
205 y 156°
Recibidas las presentes actuaciones provenientes del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, con ocasión de su declatoria de INCOMPETENCIA POR LA CUANTIA, en la causa que por NULIDAD DE DOCUMENTO POR SIMULACIÓN, sigue la ciudadana: LUISA LA ROSA QUIJADA, en contra de los ciudadanos: LUIS HERNANDEZ y MARLENE HERNANDEZ.- En tal sentido, el Tribunal hace la siguiente observación:
Por cuanto se observa que las partes codemandadas ciudadanos: LUIS HERNANDEZ y MARLENE HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.326.104 y 8.435.387, respectivamente, se encuentran domiciliados en la calle Principal del Barrio San Rafael de Guacarapo, Municipio Ribero del Estado Sucre, y en virtud de que el Articulo 40 del Código de Procedimiento Civil dispone: “Las demandas relativas a derechos personales y las relativas a derechos reales sobre bienes muebles se propondrán ante la autoridad Judicial del lugar donde el demandado tenga su domicilio, o en defecto de éste su residencia. Si el demandado no tuviere ni domicilio ni residencia conocidos la demanda se propondrá en cualquier lugar donde él se encuentre”
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos y por lo señalado en las normas transcritas es por lo que éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por el territorio para conocer del presente procedimiento de NULIDAD DE DOCUMENTO POR SIMULACIÓN, y en consecuencia, Declina la competencia para ante el Tribunal Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Mata del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.-Así se decide.- Se ordena remitir el presente expediente en su oportunidad legal correspondiente al mencionado Tribunal, asimismo notifíquese a las partes intervinientes la presente decisión.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SÁNCHES DUQUE.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
Exp. 5.987-15.-
SSD/av.-
|