Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CESACION de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta impuestas a "OMISSIS", por la comisión de los delitos Hurto De Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 01, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio de Elías Antonio Mata, y con lugar las copias solicitadas por las partes. Notifíquese al personal técnico adscrito a ésta sección penal. Notifíquese al Equipo Técnico adscrito a este Despacho y archívese en su debida oportunidad. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
El Secretario
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Luis Orsetti