este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana ELINORIS YRAIS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, venezolana, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.777.983, nacida en fecha 12-04-1986, de profesión u oficio Ama de Casa, hija de Amanda Vásquez y Pedro José Vásquez, y residenciado Punta Araya, el Barrio, frente al Preescolar, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, condenada por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, po.....