Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 15 de julio de 2004, mediante la cual se condenó al ciudadano JOSÉ FRANCISO RODRÍGUEZ PRESILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.935.798, y de este domicilio; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias; por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO. Es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términos:
Primero: por cuanto el penado JOSÉ FRANCISO RODRÍGUEZ PRESILLA, ya identificado, se encuentra detenido desde el día 14 de julio del 2004, tal como se evidencia de las actas policiales de los folios 1 y 2 de la causa; hasta el día de hoy 10 de agosto del 2004, es por lo que .....