Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ELIU DAVID MARIN, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 122.607, actuando en este acto comoapoderado judicial de la entidad de trabajo CANTABRIA INVERSIONES, C.A, y los ciudadanos ALFONSO LOPEZ TARABAY y GRISEL DEL CARMEN CACHARUCO GONZALEZ; SEGUNDO:SE CONFIRMA la sentencia dictada el 28 de marzo de 2025, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Sucre. TERCERO: Se condena en costa, conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la parte demandada recurrente. CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Sucre, a los fines legales consiguientes.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN
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