este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa en cuanto a la REVISIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el acusado ASYELL RAMON PANFIL RODRIGUEZ, y acuerda sustituirla por una MEDIDA CAUTELAR menos gravosa consistente en: Un Régimen de presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; y 2.- La Prohibición de salida del país y así se decide. Se acuerda imponer de la presente decisión al acusado de autos en audiencia especial que se fija para el día 11-07-2012 a las 9:00am.