este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud fiscal y en consecuencia ACUERDA decretar la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos JOSE MANUEL MARCHAN Y ALBERTO JOSE RODRIGUEZ; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 5 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JOHAN MANUEL FERNANDEZMOLINA (PARRILLERA Y POOL ANDANDO), consistente en presentaciones cada 8 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y de acuerdo a CIRCULAR emanada desde la Presidencia del Circuito Judicial Penal Cumaná, recibida en fecha 09-06-2009, este tribunal ACUERDA expedir tres copias de la presente acta y remitir una certificada adjunto a oficio a la Presidencia del Circuito Judi.....