Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES,incoada por la ciudadana MILEYDI JOSEFINA GUZMÁN CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.270.059, contra de laEntidad de Trabajo PANADERÍA Y PASTELERIA SAN JUAN, C.A. y los ciudadanos MARÍA LUCIA GONCALVES RODRÍGUEZ y JOAO FRANCISCO PEREIRA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-9.973.529 y E-81.690.443, correlativamente.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar los conceptos calculados en esta sentencia la cual arroja la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTY TRESBOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMO (Bs. 3.223,68)por los conceptos de VACACIONES NO CANCELADAS NI DISFRUTADAS Y BONO V.....