Por todo lo antes expuesto, que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento PROVISIONAL solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, en favor de la adolescente, XXXXXXXXXXXX para el momento de ocurrir los hechos, nacido en fecha, 02-10-1992, residenciado en Terraza Cumanesa, Torre 1, Planta Baja, Apartamento PD-B, de Cumana Estado Sucre. Por el delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 561 literal "E" y 650 literal "C" ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de con.....