DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara al Adolescente........................; ABSUELTO POR UNANIMIDAD, por el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal. Segundo: Se declara al Adolescente........................., por UNANIMIDAD, PENALMENTE RESPONSABLE, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad. Tercero: Se le impone al Adolescente.................., la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, consistente en recibir orientaciones por ante el SAPINAES, ante el cual deberá presentarse a recibir o.....