En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Fijación de Obligación de Manutención, intentara la ciudadana: MALEIDA DEL VALLE MARCANO RIVAS, contra el ciudadano: ESNARDIN RAFAEL MAESTRE GARCIA, anteriormente identificados en autos. En consecuencia de mutuo y común acuerdo cada uno será responsable por todo lo concerniente a la manutención de cada una
de sus hijas, esto es habitación, educación, medico, medicinas, deporte y recreación, cumplir imperativamente a la satisfacción de las necesidades de sus hijas. (SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART.....