En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOHNNY JOSÉ LÓPEZ MARÍN, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.126.442, parte recurrente en el presente recurso de nulidad, asistido en este acto por la abogada REINA PATIÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.237. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia Interlocutoria de fecha veintiséis 13/02/2017 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano, TERCERO: no hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo, CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad legal al Juzgado de Origen.
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