En consecuencia, por los motivos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando transitoriamente como Corte Superior en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Abogado Carlos Enrique Meneses Caraballo, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.495.485, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.874, parte demandante en el presente Juicio, contra el Auto de fecha 24 de Enero de 2017, dictado por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la demanda que por Intimación de Honorarios Profesionales, incoara el mencionado Abogado contra la Empresa Representaciones Dorta García C.A.-.....