En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior del niño anteriormente identificado, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Régimen de Convivencia familiar, demandado por el ciudadano JESUS ALBERTO RUIZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 13.232.168, domiciliado en la av. Universidad, calle Cayaurima, Edif. Ártico, piso 03, apto 11, Cumana, Estado Sucre, asistido por la Defensora Publica en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes en contra de la ciudadana ISCARLYS COROMOTO CARREÑO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 13.192.821, domiciliada en la urb. El Bosque, calle Las Trinitarias, manzana D, n°: d-4,.....