este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, RESUELVE: Se declara cumplida la pena y en consecuencia extinta la responsabilidad penal, al ciudadano: RAINNY JOSÉ ANDRADES ENRIQUEZ Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 23.346.846, quién fue condenado por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, según sentencia publicada en fecha: 18/05/2011, a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS DE PRISION más las accesorias de ley, por la comisión del delito de: ROBO GENÉRICO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana: IVELYS MARGARITA MEAÑO MILLÁN. En consecuencia, SE DECRETA SU LIBERTAD PLENA.