Por lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancias en Funciones de Juicio del Sistema Penal Adolescente del circuito judicial penal del estado sucre, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara interrumpido el presente juicio seguido a los ciudadanos XXXXXXXXXX, Venezolano, de 18 años de edad (adolescente para el momento de ocurrencia de los hechos), titular de la cédula de identidad Nº XXXXX, soltero, hijo de los ciudadanos XXXXXX y XXXXXXXX, residenciado en XXXXXXXXX; XXXXXXXXXX, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cedula de identidad XXXXXX, soltero, hijo de los ciudadanos XXXXXXX y XXXXXX, residenciado en XXXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto en el artículo 406 numeral 1ro con relación con el artículo 83 del Código Penal, delitos cometido en perjuicio del ciudadano JOSE RAMON REYES YEGRES (OCCISO). Por lo que vi.....