Por todo lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Solicitud de Copia Certificada, así como el Recurso Ordinario de Apelación, interpuesto por el Ciudadano NG GUANYI WONG, asistido del abogado NICOLAS TINEO BERTONCINI, por carecer de cualidad para actuar en el presente juicio.- Y así se decide.-