Este Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a Imputados HILARIO DIGNO LAREZ PALAO, venezolano, soltero, albañil, indocumentado, residenciado en la calle Ramón Certad, San Antonio del Golfo, Jurisdicción del Municipio Mejia del Estado Sucre, y ELIGIO RAFAEL SALAZAR, venezolano, casado, de oficio pintor, indocumentado, residenciado en la calle Ramón Certad, San Antonio del Golfo, Jurisdicción del Municipio Mejia del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455, ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: ARMEDIS PEREZ DE BRACHO, venezolano, de 46 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-No porta, y residenciada en la avenida Rotaria, II transversal, Qta. ELIAMER, Urb. La Paz, El Paraíso, Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente:.....