PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: RINA JOSEFINA CORDOVA VIÑA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 13.293.034, en contra de la Sociedad Mercantil ALIMENTOS OMEGA 3 C.A. Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil 2° de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 06/03/2006, bajo el Nro. 16, Tomo 35-A-Sdo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. CÚMPLASE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero (1°) De Primera I.....