II DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARTHA ELENA BOADA, debidamente identificada y estudiado el caso en cuestión, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ciudadana: MARTHA ELENA BOADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.638.462, domiciliada en la carretera Nacional, Cariaco-Cumaná, sector Terranova, Parroquia Rendón, Municipio Ribero del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre las siguientes bienhechurías: 1.-) Una (1) vivienda constituida por una construcción de dos (2) habitaciones y un (1) baño, una (1) sala comedor, una (1.....