este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos GIUSEPPE RENATO IORIO BOSQUEZ Y VIRGINIA PAOLA MARCANO RODRIGUEZ por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día siete (07) de Abril del año dos mil seis (2.006), según acta Nº 54, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.