DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano JOSÉ SALAZAR RODRÍGUEZ, venezolano, de 66 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Pescador, nacido el 16-07-1943, titular de la Cédula de Identidad N° 4.951.368, hijo de Juan Salazar y Nieves Rodríguez y domiciliado en el Morro, calle La Ceiba, casa s/n, cerca de la prefectura, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por estar incurso en el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Isauris Rodríguez, y se le impone durante el plazo de un (01) año, las siguientes condicion.....